sábado, 1 de abril de 2017

DECLARACION DE BIEN DE RELEVANCIA LOCAL

Reseña que nos deja Esteban Clemente Mico, que ha participado en la propuesta ciudadana de la ley de modificación de la ley 4/1998 del patrimonio cultural valenciano y autor de http://www.senderosconhistoria.com



DECLARACION DE BIEN DE RELEVANCIA LOCAL DEL PATRIMONO HISTORICO Y ARQUEOLOGICO CIVIL Y MILITAR DE LA GUERRA CIVIL EN LA COMUNITAT VALENCIANA.

En el ejercicio de sus competencias el 11 de junio de 1988, las Corts  valencianas aprobaron la Ley 4/1998, , de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural Valenciano (DOCV 18.06.1998) en la que no se contemplaba la protección de las construcciones civiles y militares de la Guerra Civil.

Estos elementos y conjuntos constructivos tienen un importante valor patrimonial, como muestra notable de la ingeniería militar y como espacios privilegiados de la memoria de la guerra. Testigos de nuestra historia son un elemento integrante de nuestro patrimonio histórico y cultural, testigos de una tragedia que no ha de repetirse.

Como señalo el historiador y miembro de la Coordinadora de los Bosques del Turia D. José Durban, el patrimonio arqueológico de la Guerra Civil, es una herramienta fundamental para la visualización de los acontecimientos del pasado para las generaciones futuras, que podrán tener una aproximación más fidedigna de los hechos, a partir de estos testimonios de nuestra historia más reciente.

Como podemos comprobar en el Parque Natural del Turia, con frecuencia estos elementos patrimoniales aparecen en el territorio, relacionados con otros elementos históricos y arqueológicos que coinciden en el mismo espacio físico, lo que podrá contribuir en el futuro a la consecución de un eje cultural, con un enorme potencial de gran valor, para el ocio, el turismo y la contribución a una cultura de la paz.

La protección de estos bienes patrimoniales podrá ser el punto de partida para publicar y publicitar un inventario que permita un turismo cultural, tanto en su vertiente paisajística natural como histórica.

La sociedad valenciana, como muestra de madurez democrática, asiste al despertar de una conciencia de respeto hacia todos los vestigios de la Guerra Civil y hacia las personas que un día, obligados o voluntarios, trabajaron, combatieron o murieron en esos lugares olvidados. Fruto de este despertar es el derecho a que el patrimonio bélico de la Comunidad Valenciana adquiera el estatus de normalidad que tiene en otros países de Europa, alcanzando una normalidad patrimonial que forma parte de la reconciliación de todos los valencianos con nuestro pasado histórico.

Este patrimonio es referente histórico y social para las generaciones futuras, como ejemplo de lo que no debe volver a suceder en España, y de una cultura de la paz.

Desde el advenimiento de la democracia la recuperación del patrimonio material de la guerra civil en la Comunidad Valenciana ha sido una reivindicación histórica de los agentes sociales. Larga es la relación de las iniciativas de asociaciones ciudadanas, culturales y ecologistas,  entre las que siempre ha estado presente la Coordinadora de los Bosques del Turia también han sido múltiples las actuaciones parlamentarias relacionadas con la protección del patrimonio de la guerra civil en la Comunidad Valenciana.

Entre las actuaciones parlamentarias resulta imprescindible destacar, la Proposición no de ley sobre regularización y salvaguarda de los refugios, edificios militares y restos de la guerra civil, presentada el 28.11.2007.

Esta proposición no de Ley se aprobó por unanimidad y el pleno de les Corts acordó: Inventariar,  Limpiar, restaurar, proteger y consolidar, rindiendo cuentas de lo actuado a las Corts, en el plazo de 6 meses. Aunque se aprobó por unanimidad, su ejecución quedo como todos hemos podido comprobar hasta el día de la fecha absolutamente en el olvido.

En el mismo sentido dando cauce a la iniciativa de la sociedad civil, la Coordinadora de defensa de los bosques del Turia, con el asesoramiento del historiador especialista en  patrimonio bélico José Durban, el 26 de marzo del 2008 inició expediente de protección de la línea de defensa Puig – Los Carasoles y aportó los preceptivos informes emitidos por el Consell Valencià de Cultura y del Departamento de Historia Contemporánea de la Universitat de Valencia. Ambas instituciones se manifestaron a favor de la protección solicitada.

El 3 de diciembre del 2009 la Comisión de Educación y Cultura, en respuesta a la petición de protección de la Coordinadora de los Bosques del Turia acordaba: Continuar el proceso de documentación de los elementos existentes en la línea Puig - Carasoles. El estudio comprendía tres fases de las que solo se realizó la primera, que abarcaba desde Los Carasoles hasta los límites del Parque Natural del Turia. Nunca se inició ni el segundo tramo, desde el inicio del límite del Parque Natural del Túria hasta la autovía de Ademuz, ni el tercero desde la citada autovía al Puig.

El grupo parlamentario Compromís, ante la necesidad imperiosa exigida por la sociedad civil presentaba en el registro general de les Corts el 12 de abril de 2016, una proposición de ley para proteger la totalidad del patrimonio arqueológico civil y militar de la Guerra Civil en la Comunidad Valenciana, para ello propuso modificar la Disposición adicional 5a de la La Ley 4/1998 del Patrimonio Cultural Valenciano.

Esta disposición adicional se introdujo por La ley 5/2007, de 9 de febrero, (DOCV de 13.02.2007)  y modificaba la ley 4/1998 al introducir la redacción siguiente:
“Tienen la consideración de Bienes Inmuebles de Relevancia Local, y con esta denominación deberán ser incluidos en los respectivos Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos, las siguientes categorías de elementos arquitectónicos: los Núcleos Históricos Tradicionales, así denominados conforme a la legislación urbanística, los "pous o caves de neu" o neveras, las chimeneas de tipo industrial construidas de ladrillo anteriores a 1940, los antiguos molinos de viento, las barracas tradicionales de la comarca de l'Horta de Valencia, las lonjas y salas comunales anteriores al siglo XIX, la arquitectura religiosa anterior al año 1940 incluyendo los Calvarios Tradicionales que estén concebidos autónomamente como tales, los paneles cerámicos exteriores anteriores al año 1940.”

La propuesta presentada por el Grupo Parlamentario Compromis ha tenido como objetivo modificar la disposición adicional quinta de la ley 4/1998, de forma que al conjunto de bienes patrimoniales anteriormente citados se sumara el patrimonio histórico y arqueológico civil y militar de la Guerra Civil en la Comunitat Valenciana.

La iniciativa del Grupo parlamentario Compromis fue acogida desde el primer momento de forma positiva no solo por los partidos que sustentan al Gobierno Valenciano como son Compromis, PSPV y PSOE, sino también por los partidos de la oposición Partido Popular y Ciudadanos, no obstante todos los grupos parlamentarios a lo largo del proceso legislativo y de participación ciudadana presentaron enmiendas que contribuyeron a un debate constructivo, a un enriquecimiento y consenso del texto final, que fruto de la decisión de Compromis y de la altura de miras del resto de grupos parlamentarios fue aprobado por unanimidad de todos los diputados asistentes al pleno de las Cortes valencianas celebrado el treinta de marzo de 2017.

El texto finalmente aprobado modifica la redacción de la D.A quinta quedando redactada definitivamente de la siguiente forma:
“Tienen la consideración de Bienes Inmuebles de Relevancia Local, y con esta denominación deberán ser incluidos en los respectivos Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos, las siguientes categorías de elementos arquitectónicos:”
“3. El patrimonio arqueológico civil y militar de la Guerra Civil en la Comunidad Valenciana además de los espacios singulares relevantes e históricos de la capitalidad valenciana, como todos aquellos edificios que se utilizaron de sede del Gobierno de la República, además de los espacios relevantes que utilizaron personajes importantes de nuestra historia durante el periodo de 1936 a 1939.  Todos estos inmuebles deben estar construidos con anterioridad al año 1940.”
“En relación con este patrimonio histórico y arqueológico de la Guerra Civil, sin perjuicio de su reconocimiento legal de bien de relevancia local a la entrada en vigor de esta ley, la conselleria competente en materia de cultura, con la colaboración de la Junta de Valoración de Bienes, deberá ejecutar un inventario especifico de estos bienes en el que se diferenciará explícitamente entre bienes protegidos y bienes solo a documentar, conforme a su relativa importancia patrimonial. Así como los lugares de la memoria, que pasaran a ser documentados por su importancia histórica.”
“4. No obstante, mediante una resolución de la conselleria competente en materia de cultura, se podrá exceptuar este reconocimiento para elementos que, analizados singularmente, no acrediten reunir valores culturales suficientes para su inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano".

De gran importancia es la voluntad del legislador al señalar que el patrimonio actualmente existente recibirá la protección y reconocimiento legal de Bien de Relevancia Local, a la entrada en vigor de esta ley. Se garantiza con ello su protección y un soporte jurídico que impida su destrucción, en tanto se ejecuten los inventarios correspondientes que determinaran y diferenciaran de forma definitiva los bienes protegidos de los documentados, conforme a su relativa importancia patrimonial.

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